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Estado se desiste de procedimiento de extinción de dominio de bienes Duartistas

Declinaron la competencia a favor de la Federación, por enriquecimiento ilícito.

miércoles, 15 de septiembre de 2021
Estado se desiste de procedimiento de extinción de dominio de bienes Duartistas

Se desiste la operación justicia para Chihuahua de ejercer la extinción de dominio por los bienes asegurados a Duartistas, le cede la acción al gobierno federal.


A días de terminar la Administración de Javier Corral, el2 de septiembre, se desistió del procedimiento de extinción de dominio de bienes asegurados a exfuncionarios, a quienes se siguió causa penal por diversos delitos en la llamada “Operación Justicia para Chihuahua”.


La Fiscalía General del Estado informó que el 3 de septiembre declinó la causa penal por enriquecimiento ilícito, se hizo a favor de la Federación, bajo el argumento de la relación con los que se investigan en una carpeta federal.


Pese a esta decisión, hasta ahora  no existe acuerdo de la Fiscalía General de la República para aceptar esa competencia sobre el caso, esto se reveló hoy tras una revisión de documentación que se hizo durante el procedimiento de entrega-recepción.

Telcel e Instituto

Cabe hacer mención que el 10 de septiembre, la Dirección del Registro Público de la Propiedad del Estado, recibió un oficio de solicitud para levantar el aseguramiento de diversos bienes que fueron señalados a diversos exfuncionarios de la administración 2010-2016.


Cabe mencionar que antes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dentro de la acción de inconstitucionalidad 100/2019 decretó la invalidez de varios artículos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, entre ellos la fracción IV del artículo 7, en la que se sustentaría la acción de extinción de dominio de los presentes casos, la cual establece que procederá cuando existan bienes de origen licito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes derivados de la comisión del delito.


El máximo tribunal en el país, durante el desarrollo del juicio civil, estableció que los bienes asegurados fueron adquiridos por sus propietarios previos al desempeño del cargo del cual presuntamente hicieron uso para cometer el delito. En consecuencia, no se podría tomar en cuenta el delito de peculado, previsto en dichos expedientes.


Con la resolución de la SCJN, se demuestra el mal manejo que se ha realizado dentro de los expedientes antes mencionados en torno a lo cual la Fiscalía del estado precisó que, al desistirse del aseguramiento, quedan a salvo los derechos, para actuar contra los bienes de los exfuncionarios, precisando que la investigación en la vía penal sigue trabajando para que se cumpla con el debido proceso.

yiyos y alvidrez

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