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Alcaldes y Legisladores no tienen que pedir licencia

La ley no les obliga para poder ser candidatos.

La constitución marca claramente quienes si deben hacerlo.

8 de diciembre de 2020
alcaldes y legisladores no tienen que pedir licencia
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Legisladores y alcaldes, están fuera de la obligación de presentar una licencia y retirarse del cargo para poder aspirar a una candidatura, afirmo ayer Saúl Rodríguez consejero del INE, quien además destaco, que quienes sí lo hicieron se alejan de los cuestionamientos y dudas en torno al uso de recursos públicos para sus pretensiones políticas.

Al vencer el día seis de diciembre el ultimo para que algunos funcionarios públicos se separaran de su encargo, el consejero del instituto nacional electoral, Saúl Rodríguez, preciso en qué casos si se debe hacer.

El consejero mencionó que, existen criterios de elegibilidad para los distintos cargos de elección popular. Para el cargo de gobernador, diputaciones, integrantes de los ayuntamientos están regulados por el artículo 84 de la Constitución local.

En esta ley se establece que para poder ser electo gobernador del estado de Chihuahua se requiere cumplir con ciertos parámetros, entre los cuales esta, contar con cierta edad, no ser ministro de culto o en su caso haberse retirado previamente.

Otros son el no ser nombrado gobernador interino provisional, tampoco Secretario General de gobierno, Fiscal General del Estado, secretario, coordinador, ni magistrado del Tribunal superior de justicia o no ser servidor público federal, con facultades y deberes de atribuciones de mando o militar, comandante en el ejército

Telcel e Instituto

Para ellos, la Constitución prevé que deben dejar el cargo, para a más tardar el día 6 de diciembre y con ello tener la posibilidad de participar en la contienda electoral.

Como se puede ver, la Constitución establece cuáles son los cargos de los que tienen que separarse y en el caso de los alcaldes no son contemplados.

Aun así, se ha percibido en la práctica que lo más común es que tomen licencia obviamente para concentrarse en lo que es el proceso electoral. De no hacerlo sucedería una situación delicada, se puede prestar a malos entendidos por combinar el uso de recursos públicos con la campaña.

Preciso que, si bien es cierto, no se estaría violando la constitución porque no está establecido que quienes son alcaldes deban separarse del cargo como si lo dice de otros puestos públicos, agrego el consejero del INE.

La cuestión sería más bien cómo manejar el uso de recursos, tiempos de estrategia política, en la que definiría el pedir una licencia o no al cargo. En el caso de los alcaldes la precampaña sin pedir licencia no es una violación.

Sin embargo, de cualquier manera, el cargo público no se debe mezclar con la actividad proselitista. Se deben definir los tiempos laborales. Esa es la parte delicada que se debe cuidar.

Agrego que son los tribunales electorales, los encargados de revisar los casos concretos. Las denuncias se puedan presentar, se hacen ante el Instituto Estatal Electoral para iniciar un procedimiento, posterior se celebra una audiencia, se hacen algunas diligencias de investigación lo más rápido posible para conseguir el mayor número de datos que sea posible para que se arme el expediente, finalizo Rodríguez Camacho.

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