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Adiós al outsourcing; publican decreto y plazos

27 de abril de 2021
Lic. Eduardo Burciaga

Lic. Eduardo Burciaga

Ex Presidente del colegio de contadores de parral
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Luego de negociaciones, estirar y aflojar la liga por fin publicaron el pasado viernes 23 de abril el decreto donde se dan a conocer las modificaciones a las diversas leyes que rigen el outsorcing; y por lo que las empresas que usaban este esquema tendrán que ver si cumplen con los requisitos para ser trabajos especializados o desaparecer.

El 24 del presente mes entro en vigor las reformas a las leyes que regulan el outsorcing en el país, como lo es la ley del IMSS, INFONAVIT, CFF, ISR IVA, y la ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, donde se enfoca en 8 diversos puntos

Se prohíbe la subcontratación de personal.

Se permite la subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante

Registro obligatorio de empresas de subcontratación especializada ante la STPS, previa acreditación de cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social

Las empresas que reciban los servicios especializados deberán responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento.

Para evitar simulación y defraudación fiscal, se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley del ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo.

Se endurecen las sanciones para el caso de incumplimiento.

Plazos de la reforma 1 mes a partir de la publicación de la reforma para que la STPS emita los lineamientos para el registro de las empresas de subcontratación especializada; Publicados los lineamientos, las empresas tienen 3 meses para regularizarse y transferir a sus trabajadores, reconociéndolos como propios y cada 3 años las empresas tendrán que actualizar su registro ante la STPS.

Se reforma la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que en el Gobierno Federal ya no exista la subcontratación de personal. Se iniciará un proceso de diagnóstico en las dependencias de la Administración Pública para regularizar al personal subcontratado.

Estos puntos son los principales, pero, además dentro de la información que se tiene que enviar es la persona física o moral que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberá proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate.

Así mismo dentro del artículo 127 de la ley federal del trabajo, en relación al derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ajustará.

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador, mientras que para el sector minero se dejó de la misma manera debido a los importes que se manejan para no afectar a los trabajadores de dicha industria.

Esto último afirman que con esta propuesta se incrementan 100 mil MDP, respecto a la situación actual en el reparto de utilidades.

Así mismo todos estos cambios van a tener un impacto en las empresas del país, la reforma es en busca de mejorar las condiciones de los trabajadores, donde este esquema era utilizado de manera equivoca, pero existían empresas que lo hacían de manera correcta, ahora solo queda esperar las reglas de operación para el esquema de presentar los avisos ante la secretaria de trabajo y previsión social para la autorización de trabajos especializados.

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