El Mapa
6 de agosto de 2026

Sota, Caballo y Rey
Dr Fernando A Herrera

6 Potenciales Responsables en el tema del contrato por las barredoras en Cd Juárez.
El Alcalde, por autorizar, convenir y defender el gasto plurianual.
El Comité de Adquisiciones, por dictaminar a favor y validar la licitación a un proveedor presuntamente inhabilitado.
La Dirección General de Servicios Públicos Municipales, por la presunta omisión en la fiscalización física y la falta de bitácoras oficiales de las rutas.
La Tesorería Municipal, por dispersar los pagos millonarios mensuales sin activar alertas de riesgo fiscal sobre el contratista.
La Empresa PYPRA: Por presunta simulación de operaciones, falsedad en su padrón vehicular y facturación en un giro comercial ajeno y con montos que excedían sus límites legales.
La Auditoría Superior del Estado (ASE): Por presunta negligencia, omisión o complicidad al emitir informes "limpios" y omitir la compulsa de datos físicos indispensables.
Un proceso penal contempla la ampliación de una denuncia o se puede abrir una línea de investigación oficiosa por la autoridad competente.
Los exalcaldes denunciantes pueden presentar un escrito de ampliación ante la Fiscalía Anticorrupción argumentando que los informes aprobatorios de la ASE configuran un indicio de encubrimiento o colusión administrativa.
Independientemente de a quién señalen los denunciantes en el papel, la Fiscalía Anticorrupción tiene la obligación legal de investigar toda la cadena de custodia del dinero público. Si en las indagatorias resalta que un auditor de la ASE validó documentos falsos, la Fiscalía puede imputarlo directamente en la carpeta de investigación sin necesidad de que los ciudadanos lo hayan pedido originalmente.
Para que el esquema se resuelva de manera integral y no quede en la impunidad, las dos instituciones deben actuar bajo sus respectivas facultades constitucionales:
El Congreso del Estado: Es el encargado de la vía político-administrativa. A través de la Comisión de Fiscalización, los diputados deberían ordenar una auditoría forense especial a la ASE. El Congreso no puede castigar penalmente a los involucrados, pero sí tiene el poder de sancionar, remover o inhabilitar a los auditores de la ASE si se demuestra que hicieron mal su trabajo, rompiendo así el "escudo" que usa el Municipio.
La Fiscalía Anticorrupción (FACH): Es la encargada de la vía penal. Su rol es judicializar el caso ante un tribunal. Con las pruebas del Congreso y de transparencia, la Fiscalía debe perseguir los delitos de peculado y uso ilegal de atribuciones, buscando penas de cárcel y la recuperación del dinero público (reparación del daño) tanto de los funcionarios como de la empresa.
Y una pregunta: Cuáles son las penas de prisión o inhabilitación que marca el Código Penal de Chihuahua para el delito de peculado cuando supera los 100 millones de pesos, o bien, analizar qué antecedentes existen en el estado de auditores de la ASE sancionados por omitir irregularidades.

La Expresión Continúa...






