Más razones para que retornen las salas regionales TSJ
16 de septiembre de 2026

Mariano cordero

Continuando con la reflexión, nos es patente la circunstancia de que el cancelar la las Salas Regionales es motivo de violación a Derechos Humanos y sus garantías de los habitantes de los Distritos Judiciales multianudidos, Camargo, Jiménez, Hidalgo, Andrés del Río, Mina y Arteaga. Que esa violación se centra en impedir, con el cierre de las Salas, que todos los habitantes que por alguna circunstancia requiriéramos el "Acceso a la justicia pronta, expedita, de manera simple y cercana, en los términos de los artículos 1, 17 y 133 Constitucional y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que corresponden a las Garantías Jurídicas de todos los ciudadanos de la patria y los países que integran dicha Convención.
Las circunstancia que las autoridades responsables del Poder Judicial del Estado, con su conducta genera la violación a tales Derechos Humanos, los cuales debería el Estado respetar, lejos de privarnos de tales Derechos ya ejercidos debidamente por un plazo mayor de 12 años, el Estado debe proveer el efectivo cumplimiento de brindarle al justiciable elgoce de ese derecho, el cual ya gozaba.
Para ello debemos entender que el acuerdo tomado en una sesión del consejo del Organo de Administración del Poder Judicial, carece de facultades para desplazar esa justicia, que ya teníamos y centralizarla con las consecuencias negativas que para los diversos sectores de la población, de los Distritos de la competencia que la integran y en consecuencia la conducta ilegal de el Tribunal Superior de Justicia en el Estado a través de una parte de el, nos priva de derechos, sin que exista un motivo fundado legalmente para hacerlo, en tal virtud, la conducta de las Salas Regionales son trasladadas al Distrito Judicial Morelos, que corresponde al centro del Estdo, más sin embargo pretenden cumplir con dicha existencia y ejercicio del acceso a la justicia, a través de una oficina de jerarquía ínfima, que solo recibe un documento y que le llaman oficialía de partes de las Salas que ya se llevaron, lo que presupone una incongruencia en la determinación del acto lesivo, lo que lo convierte en un acto incierto y por tal motivo en un acto que no puede coexistir (o estás o no estás) no puedes estar a medias, ni tampoco puede ser motivo de presencias itinerantes, se llevaron las Salas y punto, solo porque quisieron, porque de alguna manera, como argumento, es el funcionamiento del acceso cercano a la justicia, en una primera instancia fuerte y con recursos que le permitan una funcionalidad más rápida y efectiva. Solo argumento del poder Judicial del Estado.
Esta entrega pretende generar en la conciencia de quienes no conocen el Derecho, para que comprendan que el acto jurídico que se llevó las Salas, carece de fundamento motivo y razón.
Aprovecho para informarles que los amparos que se han promovido por diversos abogados, se encuentran en etapa procesal y que esperamos se lleve a cabo la audiencia constitucional en los mismos y se emita una resolución que consideramos puede ser favorable al quejoso, que implicaría el regreso de las Salas Regionales obligado a través de los mecanismos de coacción de la ley, y se nos conceda el Amparo y protección de la Justicia Federal en el sentido de la puesta en operación las Salas Regionales que se han llevado.
Todo este tipo de violaciones, llevan a la existencia de actos fuera de la ley, en perjuicio de los habitantes de los Distritos ya mencionados (seis), que ellos, lleva no solamente sanciones administrativas, sino que incluso pudieran constituir un delito, porque además al haber cerrado sin fundamento y motivo alguno, dos circunscripciones, que correspondían a las Salas Civil/Familiar y Penal, en los Distritos antes mencionados y que de conformidad con la vida Constitucional actual, de la elección popular de Jueces y Magistrados, estos tienen debidamente definida una circunscripción o división territorial, sobre la cual ejercen competencia dichas Salas Regionales, representan una parte de toda la geografía geopolítica, que implicó un proceso electoral apegado y regido por la Constitución y la Ley reglamentaria de esa materia electoral y que el mismo tuvo como resultado que la circunscripciones que a nosotros corresponden, se le asignarán sendos magistrados, Quienes una vez investidos con la toga, forman parte o bien ocupan un lugar de esa demarcación electoral, que ya se rige no solo por la Constitución política del Estado, sino por la Constitución General de la República y que para los efectos de la Norma federal electoral, no tan solo por la Ley orgánica del Poder Judicial del estado y la constitución política del Estado de Chihuahua en tal virtud al cerrar las Salas, sus Magistrados están encuadrando su conducta, en el abandono de la función para la cual fueron electos, sin que los favorezca la determinación ilegal del Organo de Administración del Poder Judicial del Estado, por lo tanto la excepción del ejercicio de un derecho y el cumplimiento de un deber, no le son aplicables y por tanto, si me apuran, considero que se están cometiendo ilícitos especiales electorales, que habría que explorar y que serán motivo de la siguiente entrega.
Pd. Que invita a tod@s los presentes en este grupo a la participación y manifestación de las ideas, necesitamos nutrir de acciones que permitan presionar a los Poderes del Estado (Judicial, Ejecutivo y Legislativo), a efectos de que nuestra lucha consiga la victoria de forma inmediata, regresando las Salas Regionales a este Distrito Judicial y concretamente a nuestra ciudad.
Un abrazo solidario y fraterno a tod@s.
Esperando que estas entregas surtan efectos en la conciencia de cada uno de Quién las reciba y resuelva dudas, inquietudes, que pudieran generar desconfianza o desinformación y diluya el esfuerzo común que hacemos, para que nuestra entidad, como pueblo mágico, conserve su Estatus Jurisdiccional, incluyendo en su configuración las Salas Regionales que se llevaron.

La Expresión Continúa...






