Balleza, Guachochi y Guadalupe y Calvo elegirán regidurías indígenas bajo sus propias normas
Ademas de otros 11 municipios contemplados por el IEE para utilizar sus Sistemas Normativos Internos
26 de agosto de 2026


Balleza, Guachochi y Guadalupe y Calvo serán tres de los municipios de la región sur de Chihuahua donde los pueblos y comunidades indígenas elegirán una Regiduría Indígena durante el Proceso Electoral Local 2026-2027, mediante sus propias formas de organización y toma de decisiones.
El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE) informó que el proceso se desarrollará en 14 municipios del estado y tendrá como característica principal el reconocimiento de los Sistemas Normativos Internos de los pueblos y comunidades indígenas. Esto significa que la elección de quienes ocuparán estos espacios de representación deberá realizarse conforme a las normas, procedimientos y prácticas mediante las cuales cada comunidad se organiza y toma sus decisiones.
En el caso de la región sur, Balleza, Guachochi y Guadalupe y Calvo se encuentran entre los municipios contemplados por la reforma a la Ley Electoral del Estado de Chihuahua aprobada en 2026. La modificación establece que los ayuntamientos de los municipios cuya población indígena sea igual o mayor al 40 por ciento, de acuerdo con el último Censo de Población y Vivienda del INEGI, deberán integrarse además por una Regiduría Indígena.
La disposición adquiere particular relevancia para estos tres municipios, donde la presencia de comunidades indígenas forma parte de la composición social y cultural de la región. Sin embargo, el mecanismo establecido por la legislación no pretende imponer una fórmula única de elección, sino reconocer las formas propias mediante las cuales los pueblos y comunidades determinan a sus representantes.
Los Sistemas Normativos Internos son precisamente las formas de organización utilizadas por los pueblos y comunidades indígenas para tomar decisiones y elegir a sus autoridades o representantes, de acuerdo con sus propios principios, normas, procedimientos y prácticas. Bajo este esquema, el proceso electoral deberá respetar las particularidades de cada comunidad.

Las regidurías que resulten electas tendrán una responsabilidad formal dentro de los ayuntamientos, ya que contarán con las mismas facultades y obligaciones que el resto de las regidurías. De esta manera, la representación indígena no será únicamente simbólica, sino que formará parte de la estructura municipal y de las decisiones que correspondan al gobierno local.
En Balleza, Guachochi y Guadalupe y Calvo, el procedimiento representará por ello una nueva vía de participación política para las comunidades indígenas, al permitir que la designación de su representación ante los ayuntamientos tenga como punto de partida sus propias decisiones comunitarias.
El proceso también deberá garantizar la participación de mujeres y hombres en condiciones de igualdad y paridad, de acuerdo con las disposiciones establecidas para este ejercicio. El reconocimiento de las formas tradicionales de organización deberá convivir así con los principios de igualdad en la participación política.
Además de los tres municipios de la región sur, el proceso se desarrollará en Batopilas de Manuel Gómez Morín, Bocoyna, Carichí, Chínipas, Guazapares, Maguarichi, Morelos, Nonoava, Temósachic, Urique y Uruachi, completando los 14 municipios contemplados por el IEE.
La autoridad electoral tendrá la responsabilidad de acompañar el desarrollo de estos procesos, procurando respetar la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas y sus formas particulares de organización, al tiempo que deberá garantizar el cumplimiento de las disposiciones electorales.
Para Balleza, Guachochi y Guadalupe y Calvo, el proceso abre una etapa distinta en la integración de sus gobiernos municipales. Por primera vez bajo este nuevo esquema legal, las comunidades indígenas contarán con un espacio específico de representación cuya elección deberá surgir de sus propias formas de organización y toma de decisiones.
Más que trasladar a las comunidades un modelo electoral convencional, el mecanismo plantea el desafío de que la autoridad electoral acompañe y reconozca procedimientos comunitarios diversos. El propósito, de acuerdo con el IEE, es garantizar que los pueblos indígenas ejerzan su derecho a la participación y representación política sin perder el control sobre las formas mediante las cuales deciden quién habrá de representarlos.


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